Ciudad de México.- La reciente aprobación de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) ha generado un intenso debate sobre los recursos de impugnación que la oposición podría interponer.Entre las herramientas legales disponibles están las acciones de inconstitucionalidad, las controversias constitucionales y los amparos, que distintos actores podrían presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).Norma Piña, ministra presidenta de la SCJN, ha señalado que es probable que alguno de estos recursos llegue al tribunal. Sin embargo, desde la bancada de Morena, el coordinador Ricardo Monreal ha sostenido que la reforma es válida bajo el artículo 135 constitucional, que estipula que las reformas constitucionales pueden aprobarse con el voto de dos terceras partes del Congreso y la mayoría de los congresos locales.Una acción de inconstitucionalidad permite que la SCJN evalúe si una norma viola la Constitución. Este recurso puede ser presentado por diversas entidades, incluido el 33 por ciento de los miembros de cualquiera de las Cámaras del Congreso.Aunque la oposición en el Senado cuenta con 43 senadores, un número que sería suficiente, algunos legisladores han votado a favor de la reforma o han sido expulsados de sus partidos, lo que complica la presentación de esta acción.En la Cámara de Diputados, la situación es similar. Se requieren 165 legisladores para presentar una acción de inconstitucionalidad, pero la oposición no cuenta con los números suficientes.Una acción de inconstitucionalidad también puede ser presentada por el Poder Ejecutivo Federal, la Fiscalía General de la República (FGR), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), así como por los partidos políticos.