Por unanimidad de votos, la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado dictaminó procedente la reforma al artículo 30 de la Constitución Política de México, para garantizar la nacionalidad mexicana a las hijas e hijos de madres y padres mexicanos nacidos en el extranjero.
“No existe justificación para negar la nacionalidad a las personas cuyos padres no nacieron en territorio nacional, pero cuentan con la nacionalidad mexicana”, manifestó el Diputado Félix Fernando García Aguiar.
Al desahogar esta minuta enviada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, resaltó que se reconoce el derecho a la nacionalidad mexicana de las hijas e hijos de padres mexicanos o de madre o padre mexicanos, sin importar que hayan nacido en territorio nacional o extranjero.
Mencionó que en la actualidad solo se otorga este derecho a aquellos que nazcan en el extranjero hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional o de madre mexicana nacida en territorio nacional.
“Contemplando así, solamente a la primera generación de mexicanos nacidos en el extranjero y violando con ello los derechos de las y los hijos de estos, quienes no podrán tener nacionalidad mexicana por el simple hecho de no haber nacido en territorio nacional aun cuando están ligados a nuestro país por lazos familiares y culturales”, manifestó.
De esta forma, por solo ser hija e hijo de ciudadanos mexicanos, sin importar la forma en que los padres hayan adquirido esa nacionalidad se estará brindando certeza jurídica a los connacionales que no radican en territorio nacional.
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